miércoles, 12 de noviembre de 2014

UN "PELOTAZO" HOSPITALARIO I

El autor de este estudio, Rodrigo Gutiérrez, asegura que en el caso más favorable, el nuevo Hospital de Toledo costaría 462 milllones de euros más si se hace por concesión que si se hace por la Junta. En el peor de los casos, el hospital costaría 560 millones de euros más. El modelo de concesión, elegido por el Gobierno de Cospedal lo convierte en "un auténtico pelotazo sanitario". Les ofrecemos la primera entrega de este trabajo.

Consejero de Sanidad de Castilla La Mancha

Pelotazo. coloq. Operación económica que produce una gran ganancia fácil y rápida.
(DRAE. 23ª edición)
Tiende uno a pensar que su capacidad de asombro es limitada y que pocas cosas pueden ya sorprendernos a estas alturas. Craso error: la actualidad siempre acaba por superarse a sí misma y la realidad suele ser más llamativa que la más disparatada de las ficciones...
El nuevo Hospital de Toledo continúa siendo noticia. Finalizado hace unas semanas el plazo de presentación de ofertas para terminar su construcción, y con un presupuesto inicial de licitación de 1.947.055.346,56 €, la única propuesta presentada ha sido la de una Unión Temporal de Empresas (UTE) constituida por las compañías Acciona, OHL y Desarrollo de Concesiones Viarias Dos S.L. (ACS). De este modo, si se cumplen las previsiones, el contrato se adjudicará a este único licitador, sea cual sea la propuesta económica presentada, al no haber ninguna otra oferta en competencia.
Intentaremos explicar, de la manera más sencilla posible, cómo está pensada esta operación, que constituye lo que ya se califica como un auténtico “pelotazo” sanitario. Si a pesar de todo les resulta excesivamente técnico o tedioso, pueden limitarse a leer las conclusiones y las cantidades totales (teniendo en cuenta que todas las cifras van sin IVA).
En vez de terminar la obra directamente por la Junta de Comunidades (JCCM), el modelo elegido, a través de una fórmula de “colaboración público-privada” o PFI, consiste en adjudicar mediante concesión a estas empresas la terminación de la obra del hospital, el suministro de determinado mobiliario clínico y no clínico así como la ejecución de determinadas obras complementarias, como por ejemplo una subestación eléctrica. También deben hacerse cargo del mantenimiento básico de la infraestructura durante el período concesional (nada menos que 30 años), de la gestión de los servicios no clínicos del Complejo Hospitalario de Toledo (que incluye el Hospital Virgen del Valle, el Hospital Provincial de Toledo, el CEDT de San Ildefonso (Toledo), el CEDT de Illescas, el CEDT de Torrijos y el CEDT de Ocaña) durante el mismo período y la gestión de las explotaciones comerciales en el nuevo Hospital de Toledo.
Según establece el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), a cambio de estas actuaciones los agentes privados obtendrán tres tipos de ingresos:
  1. Un canon fijo anual de 10.748.815 €/año (valor 2015), en concepto de puesta a disposición de las obras y equipamiento, y su actualización en el período concesional. Se calculará en función de los costes de inversión y equipamiento inicial y los costes de reposición a lo largo del período concesional.
  2. Un canon variable anual de 39.500.000 €/año (valor 2015), por la suma de los precios ofertados anuales para los servicios no clínicos incluidos en la concesión.
  3. Los ingresos derivados de las explotaciones comerciales, que se estiman en un 8% respecto de la cuantía de los dos anteriores.
El cuadro siguiente muestra los conceptos económicos a los que habría que hacer frente según uno u otro modelo:
Por tanto, de acuerdo con ello, la diferencia entre una fórmula y otra es que el modelo de concesión elegido será en total 559.651.862,07 € más caro que el modelo de gestión directa por la JCCM.
A) Explicación de los importes de la operación si fuera gestionada por la JCCM.
La finalización de la obra y determinados gastos asociados a la misma se han estimado en el PCAP en 227.226.540 €. Para simplificar se ha supuesto que este gasto habría de realizarse en cualquier caso, con independencia del modelo de gestión elegido, (si bien ello no es del todo cierto, ya que hay gastos de intereses y comisiones que la Junta no tendría que pagar).
La inversión de reposición, es decir las inversiones a realizar para el mantenimiento adecuado de las infraestructuras, se han estimado en un total de  79.864.528,10 € al final del periodo. También se trataría de un gasto que habría que realizar de cualquier modo, con independencia del modelo de gestión.
En relación al gasto de los servicios no clínicos, hay que diferenciar dos magnitudes en función de quien lo gestione, dado que en el PCAP se introducen unos gastos generales, por importe del 8%, en los que incurriría el concesionario, pero no la Junta. De esta manera,
Si los servicios son gestionados por la JCCM el coste de dichos servicios sería de 895.043.068 €.
Si los servicios son gestionados por el concesionario el coste sería de 972.872.900 €.
En consecuencia, la diferencia es de 77.829.832 €.
Por tanto, una primera conclusión es que  la gestión de los servicios no clínicos resulta más cara (en un 8%) si la realiza un tercero ajeno a la administración porque carece de la necesaria infraestructura administrativa de gestión y control, que tendrían que crear, que denominan Gastos Generales y se cuantifica en un 8%. (Para no perder la perspectiva, conviene recordar que supone la nada despreciable cantidad de 12.950 millones de las antiguas pesetas).
A lo anterior hay que añadir la infraestructura administrativa que se tiene planteado crear. Resulta cuando menos llamativo y curioso que precisamente quienes defienden la teórica eficacia y eficiencia de lo privado frente a la supuesta burocracia de lo público, han diseñado un sistema de funcionamiento con los siguientes órganos interpuestos entre la Administración y el Concesionario:
Oficina de Seguimiento de la concesión(OSC)
Comisión Mixta de Seguimiento (CMS)
Oficina Técnica de Construcción en obra (OTCO)
Oficina de Atención y Operaciones (OAO)
Oficina de Control Integral de Proyecto y Obra (OCIP)
Intereses de deuda pública. Con objeto de ser rigurosos, en el modelo se ha supuesto que, en caso de que la obra fuera finalizada por la JCCM, ésta tendría que acudir a alguna fórmula especial de financiación para hacer frente al gasto extraordinario que la obra supone respecto al total del Presupuesto de la Junta. De hecho, así estaba previsto en el modelo inicial a través de los préstamos aprobados por el  BEI (Banco Europeo de Inversiones) y el BBVA. Se ha previsto a este respecto, al igual que para el modelo de concesión, un “apalancamiento financiero” del 70% (lo que significa que del total de necesidades financieras el 70% se financiaría vía préstamo y el resto con recursos propios. Este 70% se aplicaría sobre las necesidades iniciales de 227.226.540 € respecto a las necesidades de financiación. En este sentido, los parámetros utilizados para calcular los intereses han sido:
Importe a financiar: 159.058.578 (70% de 227.226.540)
Tipo de interés: 2,63% (tipo de interés alcanzado en la emisión de bonos de junio de 2014).
Plazo: 30 años.
De acuerdo con lo anterior, la carga financiera por intereses de esta financiación ascendería en el período a algo más de 120 millones de euros.
Finalmente, de ser gestionado por la Junta, los costes anteriores habría que reducirlos en los ingresos que obtendría por las explotaciones comerciales, tal como también estaba previsto en el modelo inicial. En este sentido, los ingresos estimados por este concepto ascienden a 139,4 millones de euros (según los cálculos contenidos en la información económico-financiera orientativa para los licitadores del PCAP).
De acuerdo con las cifras anteriores, si este modelo de gestión fuera realizado por la Junta, el coste en el que se incurriría sería de 1.182 millones de euros.
B) Explicación del importe de la operación si fuera gestionada a través de un concesionario privado.
De realizarse a través de una concesión, la Junta se compromete a pagar durante el periodo concesional un total de 1.742 millones de euros, según el detalle siguiente:
(Con respecto a las explotaciones comerciales, hay que señalar que el PCAP prevé que el concesionario pague al menos el 5% de la facturación por explotaciones comerciales al SESCAM en concepto de uso y disfrute de la obra pública).
(Continúa…)
Rodrigo Gutiérrez
Publicado en DCLM

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